Como la mayoría de los tratados, el TLCAN tiene una cláusula de retirada. Puede encontrarlo aquí en el Artículo 2205. (¡Sugerencia, desplácese hasta el final!) Todo lo que necesita es un aviso de 6 meses.
Ahora para la parte interesante. ¿Puede el Presidente retirar unilateralmente a los Estados Unidos de un tratado que ha sido ratificado por el Senado? El texto de la Constitución no dice nada al respecto.
La historia dice que los presidentes se han salido con la retirada unilateral de los tratados en varias ocasiones. Han sido desafiados al respecto, pero nunca ha habido una decisión definitiva sobre si es constitucional o no.
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Cuando ha sido cuestionado en el pasado, los tribunales federales han dictaminado que grupos de senadores individuales no tienen legitimación para presentar una demanda contra el presidente por un asunto político. No está claro si se otorgaría legitimación a todo el cuerpo del Senado (o la Cámara de Representantes) después de un voto mayoritario, pero es concebible que las empresas que se ven directamente perjudicadas por la retirada puedan obtener la legitimación de los tribunales inferiores, y eso podría llevar el asunto (eventualmente) a la Corte Suprema, pero es difícil ver por qué SCOTUS querría llevar el caso. Sospecho que eventualmente encontrarían motivos para negarle el derecho a alguien.
La otra opción para el poder legislativo, si una mayoría sólida se opone a la retirada de un tratado, sería destituir al Presidente con el argumento de que un tratado ratificado es la ley del país y la retirada unilateral por parte del Presidente constituye un alto delito o delito menor. Sin embargo, el requisito de condena es una mayoría de 2/3 de los senadores, y eso parece muy poco probable.