Un derecho de retención solo se logra al agregarse al título de la propiedad y hacer que el cambio del documento sea registrado por el registrador del condado para la ubicación donde existe la propiedad.
Este no es un asunto simple, por razones obvias.
1. Los acreedores existentes, los deudores hipotecarios, no querrán que lo agreguen frente a ellos, y requerirán que, si se registra su derecho de retención, será como un segundo derecho de retención, lo que requerirá que se le pague después de que lo hagan. Sin un contrato que requiera el reembolso antes, la única forma en que se le pagaría es cuando se venda la propiedad, y su pago provendría de cualquier patrimonio en la propiedad restante cuando el primer acreedor hipotecario / hipotecario se pague primero. Esto solo es irrelevante si la casa ya está totalmente pagada y el propietario la posee en su totalidad.
2. Es probable que necesite obtener una orden judicial que requiera esta adición, si el propietario no está dispuesto a aceptar dicho cambio.
3. Su préstamo original por $ 30,000 se hizo sin asegurarlo a través de un derecho de retención, y ahora que lo desea, será como un nuevo contrato. No soy abogado, pero sugiero, como lo han recomendado otros, que busque asesoría legal para lo que podría ser un esfuerzo prolongado.
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