Suponiendo que no tiene activos que pueda liquidar para pagar sus deudas, le recomendaré que se comunique con un administrador de bancarrota. Él o ella le proporcionará 2 opciones:
- Una bancarrota “directa”, en la que obtiene protección de sus acreedores al declararse en bancarrota con la ayuda de un Fideicomisario. Es posible que se le solicite que contribuya una parte de sus ingresos sobre un determinado umbral de ingresos a su patrimonio de bancarrota en beneficio de sus acreedores. . El umbral de ingresos dependerá de la cantidad de dependientes que tenga. En los Estados Unidos, esto se conoce como bancarrota del Capítulo 7. En Canadá, se conoce como Asignación en quiebra.
- Un acuerdo de bancarrota con sus acreedores mediante el cual usted trabaja con un Fideicomisario para facilitar un acuerdo de solución. Según el acuerdo, se comprometerá a pagar una parte de sus deudas en función de lo que pueda pagar y de lo que puedan vivir sus acreedores (pueden decidir aceptar su oferta o rechazarla). El acuerdo se puede pagar durante muchos meses (generalmente alrededor de 60 meses). En los Estados Unidos, esto se conoce como Capítulo 13. En Canadá, se conoce como Propuesta del Consumidor.