La ley es bastante clara sobre este tema. A menos que el autor (escritor) asigne los derechos de autor al contratista, el autor (escritor) posee los derechos de autor. Si se estipula en el contrato de trabajo por contrato, el autor (escritor) acepta ceder los derechos de autor al contratista, luego el contratista es el propietario de los derechos de autor. Si no existe tal disposición en el contrato de trabajo por contrato, entonces el autor (escritor) aún posee los derechos de autor y puede hacer lo que desee. Se trata del contrato. Si ha asignado los derechos de autor al contratista y desea escribir una versión diferente de esa historia, debe hablar con un abogado.
Además, uno debe tener cuidado al usar un contrato titulado “trabajo por contrato”, de acuerdo con los abogados con los que trabajamos; es mejor usar un contrato de contratista independiente debido a algunas leyes extravagantes en estados como California.
Acuerdo de trabajo por contrato
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