Eso, en sí mismo, no es más o menos probable que cause una auditoría que cualquier otra cosa que pueda hacer.
Puede reclamar un no pariente como dependiente solo cuando:
- La persona vive contigo durante todo el año;
- La relación no viola la ley local (sí, esto todavía sucede en algunos lugares);
- El ingreso bruto de la persona es menor que el valor de exención personal ($ 3900 para 2013);
- Debe proporcionar más de la mitad del apoyo de la persona.
Si se cumplen las cuatro condiciones, puede reclamar a la persona como su dependiente. Sin embargo, si el IRS le hace preguntas, deberá proporcionar documentación que demuestre que cumplió con las cuatro condiciones.
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Le digo a las personas que reclamen cualquier deducción a la que tengan derecho legalmente y a la que puedan presentar pruebas documentales de su derecho a reclamarla. Entonces, la respuesta a “¿me auditará el IRS?” se convierte en “no importa”.