Al realizar pagos trimestrales de impuestos estimados como una persona que trabaja por cuenta propia (bajo una corporación S u otra estructura), ¿se debe hacer algo especial para designar los montos para los impuestos sobre la nómina frente a los impuestos sobre la renta?

Definitivamente no son lo mismo. Primero, no trabaja por cuenta propia para su S Corp, tiene dos tipos muy diferentes de ingresos que se le impondrán de forma individual.

  1. Usted tiene salarios que le pagan por proporcionar servicios que trabajan para S Corp. Debe impuestos FICA / Medicare y la corporación debe retener esos impuestos, más la retención federal estimada y posiblemente la retención estatal y también pagar la parte correspondiente del empleador de FICA / Medicare impuesto basado en su salario.
  2. A continuación, tiene que transferir ingresos que son las ganancias netas de la Corporación S que le transfieren a usted el propietario y que están sujetos a impuestos por los ingresos, pero no por el impuesto laboral. Es posible que deba pagar depósitos de impuestos estimados para cubrir el impuesto sobre la renta de estas ganancias.

    En última instancia, su retención y los depósitos de impuestos estimados deben ser suficientes para cubrir el 90% del impuesto que debe o el 100% del impuesto adeudado del año anterior, para evitar multas por pagos atrasados, por lo que desde esa perspectiva no importa si usted pagó impuestos a través de retenciones o mediante depósitos de impuestos estimados, pero definitivamente debe pagar esos montos de manera diferente y designar qué impuestos está pagando en ese momento.

Whoa! Primero, si está trabajando para su propia S Corp, se convierte en un empleado, y debe presentar declaraciones de impuestos sobre la nómina y realizar pagos de impuestos sobre la nómina (tal como lo haría si contratara a una persona no relacionada). Si tiene una LLC de un solo miembro, o una empresa unipersonal, o una sociedad, entonces lo que gana en su negocio (o su parte de él) es el ingreso, sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia y al impuesto sobre la renta. En cualquier caso, debe pagar a medida que avanza … y, por lo tanto, realizar pagos de impuestos estimados al menos trimestralmente.

Por la naturaleza de su pregunta y la forma en que está redactada, es obvio que necesita ayuda de un buen CPA o EA. Por favor, encuentre una buena y deje que lo guíen en esto, de lo contrario, el IRS estará encantado de evaluar algunas penalidades feas.

Estás hablando de manzanas y naranjas aquí.

Hay un procedimiento para trabajadores independientes – formulario 1040 ES – Debido 4/15 – 6/15 – 9/15 – 1/15

Existe un procedimiento para la nómina: formulario 9414, formulario 940, Retención y desempleo del Estado. Generalmente se paga mensualmente antes del 15 del mes anterior.

Puede pagar al 4/15 pero esté listo para pagar multas e intereses por no hacer los pagos a tiempo.

Dios bendiga a Wray Rives por su respuesta paciente y profesional, pero escuche esto:

Si este es un problema con el que realmente está lidiando en la vida real, debe obtener un CPA. Especialmente si hay una Corporación Subcapítulo S involucrada, has nadado más allá de la boya.

Probablemente no necesite emplear uno de manera continua, pero debe hablar con un CPA o EA ahora y planear regresar cuando llegue el momento de presentar sus impuestos.

Bien podría ahorrarle dinero y seguramente le ahorrará preocupaciones.