La IP no te ‘pertenece’ pero tienes un reclamo. Sin embargo, no me molestaría en pelear contra el gerente Y. Haz lo que te pida y luego sigue adelante.
No soy abogado, pero fui productor de videos durante muchos años. Encargué mucho trabajo creativo y trabajé como freelance durante más de una década.
Resumen de propiedad intelectual
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En general, los derechos de propiedad intelectual de cualquier obra creada pertenecen automáticamente al creador , a menos que el creador firme esos derechos en un contrato escrito.
Todos los contratos de trabajo por cuenta propia y los contratos de trabajo permanentes deben incluir una cláusula de firma de IP a la empresa, pero muchos clientes se olvidan de hacer esto. Algunos se meten en serios problemas por eso.
No existe una regla absoluta sobre si un trabajador independiente / autónomo mantiene su IP. En general, los más cercanos a la creación ‘pura’ (ilustradores, fotógrafos) trabajan arduamente para mantener su IP, mientras que aquellos que combinan elementos (editores de video, diseñadores) están más relajados acerca de dar IP a sus clientes.
Otra buena regla general es que si trabaja por horas en un producto que no tiene valor comercial, no se preocupe por la IP. Si el producto se va a vender, o si tiene una participación financiera en él (por ejemplo, ha acordado una tarifa reducida para un% de ganancias), o podría revender elementos de su trabajo en este producto en el futuro , entonces debe prestar mucha atención a los problemas de IP.
Siempre obtenga asesoramiento legal adecuado, ya que la ley de derechos de autor es compleja y varía de un país a otro.
IP para programas de video
La IP para un programa de video es terriblemente complicada. Como productor, uno de mis trabajos consistía en obtener liberaciones de derechos de autor de todas las personas con un posible reclamo de propiedad intelectual.
Por ejemplo, el creador de cualquier imagen posee la IP de las imágenes. Esto se aplica a imágenes fijas (propiedad del fotógrafo), imágenes en movimiento (propiedad del operador de la cámara o videoteca comercial) y animación (propiedad del animador).
El compositor de cualquier música utilizada posee IP sobre la música, mientras que los intérpretes de la música tienen su propio conjunto de derechos de ejecución.
Técnicamente, el guionista tiene IP en cualquier palabra que se pronuncie, mientras que el artista de la voz en off posee los derechos de interpretación de su voz.
Y no me hagas hablar de entrevistados y actores …
Como editor, tiene derechos de propiedad intelectual. El video completo es técnicamente su trabajo creado, ya que ha combinado todos los elementos en una forma única.
Pero nunca he oído hablar de que esto se discuta seriamente por un video ‘corporativo’ como el que usted describe. Simplemente no vale la pena. Pagaría más en honorarios legales de lo que ganaría y su cliente podría evitar fácilmente su reclamo al volver a editar el video en una forma ligeramente diferente, por lo que su trabajo quedará obsoleto.
¿Y por qué perder el tiempo discutiendo con el Gerente Y cuando podría usar ese tiempo para ganar más y ganar nuevos y mejores clientes?