¿Tengo propiedad intelectual derivada del trabajo independiente y, de ser así, debería dársela al cliente?

La IP no te ‘pertenece’ pero tienes un reclamo. Sin embargo, no me molestaría en pelear contra el gerente Y. Haz lo que te pida y luego sigue adelante.

No soy abogado, pero fui productor de videos durante muchos años. Encargué mucho trabajo creativo y trabajé como freelance durante más de una década.

Resumen de propiedad intelectual

En general, los derechos de propiedad intelectual de cualquier obra creada pertenecen automáticamente al creador , a menos que el creador firme esos derechos en un contrato escrito.

Todos los contratos de trabajo por cuenta propia y los contratos de trabajo permanentes deben incluir una cláusula de firma de IP a la empresa, pero muchos clientes se olvidan de hacer esto. Algunos se meten en serios problemas por eso.

No existe una regla absoluta sobre si un trabajador independiente / autónomo mantiene su IP. En general, los más cercanos a la creación ‘pura’ (ilustradores, fotógrafos) trabajan arduamente para mantener su IP, mientras que aquellos que combinan elementos (editores de video, diseñadores) están más relajados acerca de dar IP a sus clientes.

Otra buena regla general es que si trabaja por horas en un producto que no tiene valor comercial, no se preocupe por la IP. Si el producto se va a vender, o si tiene una participación financiera en él (por ejemplo, ha acordado una tarifa reducida para un% de ganancias), o podría revender elementos de su trabajo en este producto en el futuro , entonces debe prestar mucha atención a los problemas de IP.

Siempre obtenga asesoramiento legal adecuado, ya que la ley de derechos de autor es compleja y varía de un país a otro.

IP para programas de video

La IP para un programa de video es terriblemente complicada. Como productor, uno de mis trabajos consistía en obtener liberaciones de derechos de autor de todas las personas con un posible reclamo de propiedad intelectual.

Por ejemplo, el creador de cualquier imagen posee la IP de las imágenes. Esto se aplica a imágenes fijas (propiedad del fotógrafo), imágenes en movimiento (propiedad del operador de la cámara o videoteca comercial) y animación (propiedad del animador).

El compositor de cualquier música utilizada posee IP sobre la música, mientras que los intérpretes de la música tienen su propio conjunto de derechos de ejecución.

Técnicamente, el guionista tiene IP en cualquier palabra que se pronuncie, mientras que el artista de la voz en off posee los derechos de interpretación de su voz.

Y no me hagas hablar de entrevistados y actores …

Como editor, tiene derechos de propiedad intelectual. El video completo es técnicamente su trabajo creado, ya que ha combinado todos los elementos en una forma única.

Pero nunca he oído hablar de que esto se discuta seriamente por un video ‘corporativo’ como el que usted describe. Simplemente no vale la pena. Pagaría más en honorarios legales de lo que ganaría y su cliente podría evitar fácilmente su reclamo al volver a editar el video en una forma ligeramente diferente, por lo que su trabajo quedará obsoleto.

¿Y por qué perder el tiempo discutiendo con el Gerente Y cuando podría usar ese tiempo para ganar más y ganar nuevos y mejores clientes?

Esencialmente, cuando trabajas como freelance, estás vendiendo varios derechos de propiedad intelectual. Por ejemplo, los derechos de uso específicos permiten al comprador usar el contenido un cierto número de veces o bajo circunstancias específicas. También podría vender todos los derechos, esencialmente dando al comprador la propiedad de la propiedad. A menudo, como advertencia, se supone o se negocia que el creador original podrá usar la propiedad como parte de una cartera.

En general, los derechos se negocian por adelantado y se ponen en papel. Además, es una práctica común proporcionar una factura al cliente que especifique qué producto se entregó.

Sin embargo, este no parece ser el caso en su ejemplo. Como no se negociaron condiciones por adelantado, no está claro quién es el dueño de la propiedad y en qué circunstancias se puede usar la propiedad.

Ahora mi pregunta es esta. ¿Tiene la intención de ganar más dinero con este video o tiene la intención de distribuir el video en otro lugar que no sea su cartera?

Supongo que la respuesta es no, ya que no puedo imaginar que alguien más esté interesado en un video promocional interno de una compañía específica.

Siendo ese el caso, deje que el cliente use el video y lo use en su cartera. Si el cliente se queja de que está en su cartera, ignórelo. Sus derechos no son más claros que los suyos y es muy poco probable que demanden por algo como esto.

Las amenazas del gerente están bastante vacías y probablemente solo esté tratando de soportar su peso.

Pero definitivamente aprende de esto. Si planea continuar trabajando como profesional independiente, pídale a un abogado que redacte un formulario de contrato y una factura. Entre los tipos creativos, el negocio real a menudo se trata como un poco sucio al lado del glorioso trabajo de la creatividad. Pero para ti, es una vida. Así que trate de ser sincero acerca de los requisitos de su negocio.

Este no es un consejo legal, ya que no soy abogado.

Como las imágenes pertenecen a su empleador, ellas son las propietarias y tienen los derechos de autor. Su trabajo se considera un “trabajo derivado”, por lo que no puede mostrar o distribuir esas imágenes sin su permiso.

Sin embargo, su propio trabajo también es creativo y merece protección de derechos de autor. Entonces, usted posee los derechos de autor del video de montaje. En ausencia de cualquier contrato, la compañía no puede venderlo ni distribuirlo sin su permiso. El “trabajo a sueldo” generalmente pertenece al empleador, aunque es mejor poner todo por escrito.

Entonces, en ausencia de un contrato, el video probablemente te pertenece, ¡pero no puedes hacer nada con él porque las fotos no te pertenecen!
La próxima vez, pon todo por escrito. Pídale a un abogado que le prepare un contrato genérico que pueda usar con sus clientes.

Mientras tanto, agradezca a su antiguo gerente por la oportunidad de volver a trabajar para su empresa y mantener buenas relaciones porque nunca sabe cuándo necesitará sus recomendaciones.

Con respecto a la pregunta 2; El personal contratado generalmente firma un acuerdo de información patentada que indica que el empleado cedió todos los derechos de propiedad intelectual a la empresa empleadora para evitar la situación incierta en la que se encuentra ahora. Me sorprende que no haya firmado dicho acuerdo.

Sin embargo, el problema al que se refiere es más un problema de derechos de autor y no estoy calificado para responder el Artículo 1. No soy un abogado y solo tengo licencia para discutir asuntos de patentes. Habiendo declarado ese descargo de responsabilidad, como persona laica, sospecho, con respecto a la pregunta 1, que la compañía en cuestión posee los derechos de autor de las fotos en cuestión y que usted estaba bajo la dirección de la administración de la compañía con respecto a la edición que puedan tener derechos en la medida en que le prohíbe copiar dichas fotos. Puede tener derecho a mostrar una copia original de las obras editadas con fines no comerciales, siempre que tenga una copia “original”. Dudo que la compañía que lo contrató tenga muchos recursos legales, si simplemente muestra su trabajo y no permite que se copie o no lo copia usted mismo.

Si creó las fotos que editó y simplemente vendió derechos limitados de estas fotos al empleador, o si las fotos en cuestión ya estaban en el “dominio público”, la situación podría ser diferente. Sin embargo, tenga en cuenta mi descargo de responsabilidad anterior y necesitaría asesoramiento legal para confirmar mis sospechas.

Cedería todos los derechos y seguiría adelante. El problema no es que no tienes reclamos, porque probablemente sí. Pero sin un contrato, podría ser complicado. Y no tienes el poder de fuego legal de una empresa si las cosas van mal.

Tómelo como una lección aprendida y asegúrese de que todo el trabajo independiente futuro tenga un contrato que estipule la propiedad del contenido al final del proyecto y cómo se puede usar.

Al menos te pagaron … ¡algunas compañías ni siquiera hacen eso!

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