Perspectiva estadounidense: depende de la naturaleza del premio.
Los daños punitivos de una demanda son ingresos imponibles, reportados en la línea 21 como otros ingresos.
Si recibe un premio para compensarlo por los gastos que resultaron de una enfermedad o lesión física, ese premio generalmente no está sujeto a impuestos a menos que haya deducido esos gastos cuando ocurrieron; si lo hizo, debe reclamar la parte del acuerdo que cubre los gastos deducibles, en la medida en que recibió un beneficio fiscal de esa deducción.
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Si recibe un premio para compensarlo por angustia emocional o angustia mental que no fue causada por una enfermedad o lesión física, ese premio generalmente está sujeto a impuestos, excepto que puede reducir el monto imponible en montos que pagó por gastos médicos relacionados con el emocional angustia o angustia mental que no dedujo previamente.
Si recibe un acuerdo por salarios perdidos (es decir, como parte de una demanda por terminación ilegal), la parte del acuerdo que se designa como salario perdido es un ingreso imponible y está sujeto a retención por parte del pagador como cualquier otro salario. Cualquier porción restante del acuerdo no estaría sujeta a impuestos. Si recibe un acuerdo por la pérdida de beneficios de su comercio o negocio (es decir, la terminación ilegal de un contrato), la parte del acuerdo que representa sus ganancias perdidas sería imponible como ingreso de trabajo por cuenta propia.
Si recibe un acuerdo por pérdidas o daños a la propiedad, el acuerdo no está sujeto a impuestos si es inferior a su base ajustada en la propiedad, pero reduce su base en la propiedad por el monto del acuerdo. Si el monto del acuerdo es mayor que su base ajustada en la propiedad, el exceso es ingreso para usted, informado en el Anexo D si es propiedad personal y en el Formulario 4797 si es propiedad comercial.