En primer lugar, el interés se calculará solo sobre el monto del impuesto que no se haya pagado después de reducir su TDS deducido. No tiene nada que ver con cuando el empleador dedujo o depositó. No culpes a las reglas sin conocerlas.
El cálculo funcionará así:
Ingresos brutos: XXX
- ¿Estoy en problemas por no presentar el impuesto sobre la renta?
- ¿Hay alguna manera de vivir en un estado, pero pagar impuestos en otro?
- ¿Cuáles son los inconvenientes de un estado que elimina su impuesto sobre la renta? ¿Qué otras fuentes de ingresos podrían usarse?
- ¿Qué pasos sigo para una auditoría fiscal integral de un cliente?
- ¿Qué tipo de impuestos paga como emprendedor para iniciar y hacer crecer una empresa?
Impuesto sobre la renta bruta: XXXX
Menos: TDS en Salario: XXXX
Impuesto después de TDS (1): AAAA
Impuesto anticipado pagado (2): XXXX
Impuesto adeudado (A = 1–2): XXXXXX
Los intereses u / s 234B se calcularán sobre el monto del impuesto adeudado solamente, es decir (A) y los intereses u / s 234C se calcularán sobre el pago a corto del impuesto anticipado. Se calculará en el “Impuesto después de TDS”.
Las posibles razones por las que obtiene esto es que tiene otra fuente de ingresos además del salario, como intereses, alquileres, ganancias de capital, etc. El empleador no deducirá impuestos sobre ellos a menos que usted declare lo mismo a su empleador.
Así que infórmate antes de culpar a las reglas.
Sígueme en mi blog: TaxYogi
Si necesita ayuda con los impuestos contácteme al 9043414847 / [correo electrónico protegido]