En los Estados Unidos, puede reclamar a un individuo como su dependiente si el individuo:
- es su hijo, hija, hijastro, hijo adoptivo, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o un descendiente de cualquiera de ellos
Y
- tenía menos de 19 años al final del año fiscal y era menor que usted o su cónyuge, o
- era un estudiante matriculado como estudiante de tiempo completo durante cualquier parte de los 5 meses calendario del año fiscal (cursos en línea solo si la escuela también ofrece clases en el aula), menores de 24 años al final del año fiscal y menores de usted o su cónyuge, o
- no puede realizar ninguna actividad lucrativa sustancial debido a una condición física o mental y un médico ha determinado que esta condición ha durado, o se puede esperar que dure, de forma continua durante al menos un año, o se puede esperar que conduzca a la muerte
Y
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- no proporcionó más de la mitad de su propio apoyo durante el año fiscal
Y
- no está presentando una declaración conjunta para el año fiscal, o
- solo presenta una declaración conjunta para el año fiscal con el fin de reclamar un reembolso del impuesto sobre la renta retenido o el impuesto estimado pagado
Y
- vivió con usted durante más de la mitad del año fiscal, o
- habría vivido con usted durante más de la mitad del año fiscal si la persona no hubiera estado temporalmente fuera de la escuela, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o detención en un centro juvenil, o hubiera sido secuestrada,
Y
- es ciudadano de los EE. UU., nacional de EE. UU., poseedor de una tarjeta verde, residente de Canadá o residente de México, o
- fue adoptado por usted, vivió con usted todo el año en su hogar y usted es ciudadano o nacional de EE. UU.
Y
- no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de otra persona para el año fiscal.
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Si no puede reclamar al individuo en base a lo anterior, aún puede reclamar al individuo como su dependiente si el individuo:
- no se puede reclamar como dependiente de otra persona para el año fiscal según lo anterior
Y
- es tu hijo, hija, hijastro, hijo adoptivo, nieto, bisnieto, tataranieto, hermano, hermana, medio hermano, media hermana, sobrino, sobrina, sobrino nieto, sobrina nieta, padre, madre , abuelo, bisabuelo, tío, tía, tío abuelo, tía abuela, hermanastro, hermanastra, padrastro, madrastra, yerno, nuera, suegro, suegra cuñado, cuñada o
- cualquier otra persona no casada con usted que vivió con usted todo el año como miembro de su hogar, o
- cualquier otra persona que no esté casada con usted y que hubiera vivido con usted si la persona no hubiera estado fuera temporalmente para ir a la escuela, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o detención en un centro juvenil, o haya sido secuestrada
Y
- tuvo ingresos brutos de menos de $ 4,050 en 2016 (se aplican diferentes cantidades para otros años fiscales)
Y
- fue adoptado por usted, vivió con usted todo el año en su hogar y usted es ciudadano o nacional de EE. UU.
Y
- no está presentando una declaración conjunta para el año fiscal, o
- solo presenta una declaración conjunta para el año fiscal con el fin de reclamar un reembolso del impuesto sobre la renta retenido o el impuesto estimado pagado
Y
- proporcionó más de la mitad de su apoyo durante el año fiscal
Y
- no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de otra persona para el año fiscal.
https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/…