Puede calcular su impuesto sobre la renta siguiendo los simples pasos que se detallan a continuación:
Paso 1: Calcule su ingreso bruto
Ingreso bruto = Ingreso mensual x 12
- ¿Por qué el gobierno de los EE. UU. / IRS no tributa a las empresas sobre el ingreso global de manera similar a cómo grava a los ciudadanos estadounidenses a nivel mundial (incluida la exclusión de ingresos ganados en el extranjero y el crédito fiscal extranjero)? ¿No significaría mayores ingresos, tasas impositivas corporativas reducidas y paraísos fiscales globales obsoletos?
- ¿Es cierto que no está obligado a pagar impuestos sobre la renta en los Estados Unidos?
- Uno de mis amigos me ha dado algo. Él ya ha pagado el impuesto sobre la renta sobre esa cantidad. ¿Debo volver a pagar el impuesto sobre la renta?
- ¿Es obligatorio completar la devolución del ITR cuando los ingresos de mi empresa se encuentran dentro de una tasa losa (negocio en línea)?
- ¿Qué países no gravan los ingresos en el extranjero?
Paso 2: Determine el monto de su Donación / Caridad (si corresponde) Las donaciones aquí se refieren al monto contribuido a cualquier organización en forma de caridad, que debe cumplir con las Regulaciones del Impuesto sobre la Renta.
Paso 3: Calcule sus ahorros Toma en consideración todos sus ahorros e inversiones que se incluyen en las secciones bajo Desgravaciones de impuestos.
Paso 4: evalúe su ingreso gravable
Ingresos imponibles = Ingresos brutos – (Ahorros + Donaciones / Caridad)
O
Paso I – (Paso II + Paso III)
Paso 5: Calcular el impuesto sobre la renta Ahora que ha determinado su ingreso imponible, puede consultar la losa del impuesto sobre la renta para calcular el impuesto sobre la renta.
Paso 6: Incluya el recargo Debe incluir un recargo del 10% de su ingreso anual a la cantidad de impuesto sobre la renta que ha calculado en el paso anterior. Esta será la cantidad de su nuevo impuesto sobre la renta. (Nota: este paso no es relevante si el ingreso anual es inferior a Rs. 10 lakhs.)
Paso 7: Incluya el cese de educación Debe agregar el 3% de sus ganancias imponibles (como cese de educación) con el nuevo monto del impuesto sobre la renta que descubrió en el Paso 6 mencionado anteriormente.