Primero, parece que recibió malos consejos, porque no puede elegir cómo se informan los acuerdos salariales. La parte posterior, frontal y la indemnización por despido deben informarse en un W-2. La mayoría de los otros tipos de premios se informan en un 1099. Su monto de liquidación particular puede incluir múltiples tipos de daños que se le pagan. La naturaleza del acuerdo y cómo se clasifica el laudo determina los impuestos y cuánto, si alguno de los honorarios del abogado es deducible o puede usarse para reducir el monto imponible de su laudo.
Solo debe pagar impuestos de empleo sobre la cantidad que representa los salarios. La mayoría de los otros tipos de daños, incluidos los intereses, deben informarse como ingresos ordinarios, no sujetos al impuesto sobre el empleo. Los daños por lesiones físicas o enfermedades, compensación por pérdida de propiedad o compensación por costos no deducidos previamente por lesiones físicas, enfermedad o angustia emocional no son ingresos imponibles en absoluto.
Le sugiero que hable con un profesional de impuestos y obtenga una copia de su acuerdo de conciliación, antes de recibir cualquier devolución de información del antiguo empleador. Una vez que se presenta una declaración de información, se vuelve exponencialmente más difícil lograr que el IRS acepte la clasificación correcta del acuerdo.
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