Sobrecargos por parte de muchos corredores en la ‘Tarifa de transacción de intercambio’ en India
Sobrecargos por parte de muchos corredores en la ‘Tarifa de transacción de intercambio’ en India
Sí, has escuchado bien. La mayoría de los corredores de bolsa en la India están cobrando una tarifa de transacción de cambio más alta de lo que las bolsas de valores les permiten cobrar. Para entender cómo lo están haciendo, vamos a entrar en detalles.
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Tarifa de miembro de compensación profesional (tarifa de PCM o cargos de transacción de compensación)
Todos los corredores de bolsa son miembros de negociación y compensación automática para el segmento de capital, es decir, el mercado de efectivo.
NSE y BSE ofrecen cuatro tipos de membresía para Equity Futures & Options (Equity F&O) y Currency Futures & Options (Currency F&O). Cualquier corredor de bolsa puede tomar cualquier tipo de membresía de las primeras tres membresías para futuros y opciones. Stock Broker puede tomar diferentes miembros para diferentes segmentos e intercambios, por ejemplo, Stock Broker puede ser un miembro de Self Clearing de Trading Cum para Equity F&O y un miembro de Trading para Currency F&O.
Cualquier corredor de bolsa que sea miembro comercial de NSE o BSE para Equity F&O o Currency F&O tiene que liquidar su obligación de compensación y liquidación a través de otro miembro Trading Cum Clearing (TCM) o Professional Clearing Member (PCM). La mayoría de los miembros comerciales cumplen sus obligaciones a través de PCM, ya que no realizan actividades de corretaje de bolsa.
El Miembro comercial debe pagar a TCM o PCM ciertas tarifas y cargos, junto con el impuesto de servicio aplicable, por hacer uso de sus servicios. Dicho pago se llama o se conoce por varios nombres, como la tarifa de compensación o la tarifa PCM o los cargos de transacción de compensación. No existe un límite máximo de cuánto deberían ser estos cargos y estos no están regulados ni por Clearing Corporation ni por SEBI, ya que el Agente de Bolsa paga voluntariamente estos cargos a TCM o PCM. Además, Stock Broker tiene la opción de convertirse en miembro de compensación de Clearing Corporation y voluntariamente decide no convertirse en miembro de Clearing Corporation, ya que la membresía de compensación requiere un mayor requisito de patrimonio neto y capital líquido de margen base adicional con respecto a TCM o PCM.
La decisión del Agente de Bolsa de liquidar las transacciones a través de TCM o PCM es voluntaria y el pago por hacer uso de dichos servicios también es voluntario. No existe una regulación que rija tales tarifas y el monto de las tarifas se debe decidir entre el Agente de Bolsa y TCM o PCM.
Los intercambios han emitido varias circulares, manuales de cumplimiento, etc. de vez en cuando sobre asuntos relacionados con corretaje, gravámenes legales y reglamentarios en las notas del contrato.
Sobrecargos por parte de muchos corredores en la ‘Tarifa de transacción de intercambio’ en India
El contenido de las tres circulares anteriores con respecto al punto anterior es el mismo y se reproduce a continuación:
Aclaración sobre corretaje, gravámenes legales y gravámenes regulatorios y cargos
1. Los siguientes gravámenes / corretaje solo se pueden cargar al cliente en la nota del contrato:
- Gravámenes estatutarios: estos son cargos cobrados por los gobiernos centrales / estatales, por ejemplo, impuesto de servicio, impuesto de transacción de seguridad (STT), impuesto de timbre, etc. y pueden recuperarse del cliente solo con los pagos reales / pagaderos.
- Gravámenes / cargos regulatorios: estos son cargos cobrados por SEBI / Intercambios / Corporaciones de compensación, por ejemplo, tarifas de rotación de SEBI, cargos por transacciones de intercambio, etc. Si dichos cargos se recuperan por separado del cliente, pueden especificarse en las notas del contrato o pueden darse bajo el encabezado “Otros gravámenes, si los hay”. Los cargos anteriores se pueden recuperar del cliente solo a los reales pagados / a pagar.
- El corretaje se puede cobrar según lo acordado mutuamente entre el miembro y el cliente, sujeto al máximo permitido por el intercambio y las tasas de corretaje deben mencionarse en una hoja de tarifas.
2. El corretaje se puede cobrar de la siguiente manera:
Segmento del mercado de capitales:
Según las circulares no NSE / CMT / 001 con fecha del 28 de octubre de 1994 y NSE / INSP / 3685 con fecha del 17 de octubre de 2002, el corretaje máximo cobrado por un Miembro comercial en relación con las operaciones efectuadas en los valores admitidos a las transacciones en el CM El segmento de la Bolsa será el 2.5% del precio del contrato excluyendo los gravámenes legales.
Cuando el valor de compra / venta de una acción es de Rs. 10 o menos, se puede cobrar un corretaje máximo de 25 paise por acción.
Contratos de futuros:
Según la Regulación 3.7.2 de las Regulaciones (segmento F&O) de la Bolsa y Circular no. NSE / FOTRD / 001 (número de referencia de descarga 1688) con fecha 08-jun-2000 y Circular de derivados de divisas con fecha 26-agosto-2008, NSE / INSP / 11184, el máximo corretaje cobrado por un miembro comercial en relación con las operaciones ejecutadas en la Bolsa será el 2.5% del valor del contrato excluyendo los gravámenes legales.
Contratos de opción:
Según la circular no NSE / F & O / 0098/2005 (descargar ref. No. 5978) con fecha 30-mar-05, y circular no. NSE / INSP / 2006/56 descargar ref. NSE / INSP / 8338 con fecha 05-ene-07 el miembro comercial cobrará a la corredora por contratos de opción sobre el monto de la prima en la que se compró o vendió el contrato de opción y no sobre el precio de ejercicio de La opción de contrato. Se aclara que la intermediación en contratos de opciones no deberá exceder el 2.5% del monto de la prima o Rs.100 / – (por lote), lo que sea mayor.
3. Según la circular no NSE / INSP / 2006/44 (descargar ref. No. 7330) y NSE / INSP / 2006/45 (descargar ref. No. 7329) con fecha del 30 de marzo de 2006 Impuesto sobre servicios, otros gravámenes legales y reglamentarios, si es necesario, se puede dar bajo el encabezado ” Otros gravámenes, si los hay “. El corretaje cobrado se dará por cada operación.
4. Según la circular no NSE / INSP / 2006/44 (número de referencia de descarga 7330) con fecha de 30 de marzo de 2006, la descripción del contrato ‘tendrá los detalles a saber. tipo de instrumento, subyacente (símbolo), fecha de vencimiento, precio de ejercicio y tipo de opción en caso de contacto de opciones y en caso de contrato de futuros, nombre del instrumento subyacente (símbolo) y fecha de vencimiento en la forma prevista por la Bolsa.
p.ej
(i) Descripción del contrato para un contrato de futuros típico – FUTIDX NIFTY 30MAR13
(ii) Descripción del contrato para un contrato de opciones típico: OPTSTKHINDLEVER 30MAR13 250 CE
5. Emisión de la nota del contrato al precio promedio ponderado:
Según la circular no NSE / CMO / 0023/98 (número de referencia de la descarga 00670) con fecha del 12 de noviembre de 98 en caso de transacciones múltiples resultantes de una orden única, a solicitud de los clientes, el miembro comercial puede emitir notas de contrato con ponderación precio promedio (WAP) según el siguiente procedimiento:
- El miembro comercial podrá emitir una nota de contrato al precio promedio ponderado de todas las operaciones ejecutadas para una sola orden. El precio promedio ponderado (WAP) se calculará según la siguiente fórmula
WAP (cuatro decimales) = valor total de las acciones negociadas para un pedido - Número total de acciones negociadas para un pedido
El miembro deberá mencionar las palabras “según el anexo” en el lugar provisto para el número de orden, número de comercio, tiempo de pedido y tiempo de comercio en el formato de la nota del contrato. - Se debe emitir un anexo separado de la nota del contrato a los clientes que contenga detalles de todas las transacciones individuales, como el número de contrato, el número de orden, el número de transacciones, el tiempo de negociación, la cantidad negociada y el precio de negociación, el símbolo, la serie, para un pedido determinado para el cual un precio promedio ponderado (WAP) se proporciona en la nota del contrato.
6. Los miembros pueden dar detalles adicionales en las notas del contrato sin comprometer los detalles mínimos según lo prescrito en el formato.
Esquemas prepagos
En base a la inspección de los corredores y las quejas recibidas de los clientes / inversores, se ha observado que algunos de los corredores no están documentando y divulgando adecuadamente a sus clientes detalles de los esquemas en los que se recaudan fondos por adelantado para el corretaje y otros servicios aliados. Esto lleva a disputas, quejas y litigios más adelante.
El intercambio en consulta con SEBI y la Asociación de Corredores aclaró que;
- Los términos y condiciones de los esquemas relacionados con la recaudación anticipada de fondos para el corretaje y otros servicios aliados deben documentarse adecuadamente y se debe obtener una confirmación positiva de los clientes para hacer uso de dichos servicios / esquemas.
- Cuando los fondos se recaudan por adelantado bajo los esquemas prepagos, el corredor debe asegurarse de que el corretaje cobrado no exceda la cantidad especificada en los estatutos de cambio.
- Las quejas recibidas a este respecto serán consideradas muy seriamente y el corredor será responsable de las medidas disciplinarias.
Lo que surge de las aclaraciones anteriores, una y otra vez, es que los corredores de bolsa solo pueden cobrar las siguientes tres categorías de cargos:
- Gravámenes estatutarios: estos son cargos cobrados por los gobiernos centrales / estatales, por ejemplo. Impuesto de servicio, Impuesto de transacción de seguridad (STT), Impuesto de timbre, etc. y puede recuperarse del cliente solo a los reales pagados / a pagar.
- Gravámenes / cargos regulatorios: estos son cargos cobrados por SEBI / Intercambios / Corporaciones de compensación, por ejemplo. Tasas de rotación de SEBI, cargos de transacción de intercambio, etc. Si dichos cargos se recuperan por separado del cliente, se pueden especificar en las notas del contrato o se pueden dar bajo el encabezado “Otros gravámenes, si los hay”. Los cargos anteriores se pueden recuperar del cliente solo a los reales pagados / a pagar.
- El corretaje se puede cobrar según lo acordado mutuamente entre el miembro y el cliente, sujeto al máximo permitido por el intercambio y las tasas de corretaje deben mencionarse en una hoja de tarifas.
¿Qué se puede recoger del cliente?
Analizando A, B y C arriba y toda la circular en detalle, lo siguiente puede ser cargado a los clientes :
¿Qué se puede recoger del cliente?
Lo siguiente se puede cargar a los clientes :
Cualquier práctica de este tipo requiere la auto-introspección y la autorregulación entre nosotros para que no solo se cobre correctamente al cliente, sino que tampoco se invite a la ira del regulador.
- Los honorarios de compensación no son gravámenes legales ni gravámenes regulatorios / cargos. El pago realizado a Clearing Corporation no puede equipararse con los pagos efectuados a un miembro de compensación profesional o a miembros de compensación de Trading Cum.
- Tal como están las Regulaciones / Circulares hoy en día, ningún corredor de valores puede ser recuperado por ningún corredor de bolsa de su cliente . Por lo tanto, la única inferencia ineludible es que la tarifa PCM no se puede cobrar / cobrar a los clientes comerciales.
Sobrecargos por parte de muchos corredores en la ‘Tarifa de transacción de intercambio’ en India