¿Qué es el impuesto sobre la renta 143 (1) (a)?

La Sec. 143 (1) (a) es la orden de Intimación del Departamento del Impuesto sobre la Renta en contra de la Declaración presentada por el asesor para cualquier Año de Evaluación. De acuerdo con la Sec, un asesor recibe dicha Intimación en las siguientes 3 situaciones:

  1. Cuando un asesor haya pagado un impuesto adicional, la notificación deberá mencionar el monto del reembolso. Sin embargo, en caso de que el monto del reembolso sea superior a 100 rupias, solo se iniciará el reembolso. En caso de que la cantidad sea inferior a Rs. 100, entonces no se pagará ningún reembolso.
  2. El aviso también se genera cuando el evaluado ha pagado el impuesto en corto. Aquí también se mencionaría el monto del impuesto a pagar junto con una copia de challan.
  3. Cuando los ingresos e impuestos calculados por el asesor están alineados con los del asesor fiscal. En este caso no se envía información específica, solo ITR-V (Reconocimiento) se trata como un aviso de información.

143 es una sección de la Ley del impuesto sobre la renta, de 1961, que se ocupa del procesamiento de la declaración del impuesto sobre la renta presentada por los evaluados. Este procesamiento es computarizado.

La cláusula 1 (a) se ocupa de los ajustes que deberá realizar la computadora mientras procesa su declaración. Ajustes:

  1. Error aritmético
  2. aparente reclamo incorrecto a cambio
  3. Cualquier gasto, deducción o pérdida que se reclama en la declaración pero que no está permitido bajo la Ley

En caso de que necesite detalles, puede leer la sección de la ley. El enlace se proporciona a continuación:

http://www.incometaxindia.gov.in

Espero que lo anterior ayude. Gracias.

Una comunicación para dicho ajuste según la Sección 143 (1) (a) se envía a los contribuyentes en los que existe un desajuste de los ingresos / deducciones / exenciones informados en la Declaración del Impuesto sobre la Renta y en los ingresos / deducciones / exenciones como se muestra en el Formulario dieciséis.

Esto generalmente ocurre en los casos en que el empleado no ha intimidado a su empleador sobre las deducciones que pretende reclamar y reclama estas deducciones / exenciones él mismo al momento de presentar la Declaración del Impuesto sobre la Renta. No hay ningún daño en reclamar tales deducciones / exenciones en la Declaración del Impuesto sobre la Renta y reclamarlas directamente en la Declaración del Impuesto sobre la Renta es completamente legal.

Anteriormente, el Departamento de Impuestos sobre la Renta no solía pedir las pruebas para reclamar tales exenciones / deducciones. Sin embargo, para las declaraciones presentadas para el año fiscal 2016-17 en adelante, el departamento de impuestos sobre la renta ha comenzado a enviar la Comunicación de Ajuste Propuesto según la Sección 143 (1) (a) de la Ley del Impuesto sobre la Renta por inconsistencias en los detalles como se informa en la Declaración del Impuesto sobre la Renta y como se muestra en el formulario 16.

Se le pueden enviar tres tipos de avisos u / s 143 (1):

  1. Intimación en la que la notificación debe considerarse simplemente como una evaluación final de sus declaraciones, ya que el AO ha encontrado que la declaración presentada por usted coincide con su cálculo en la sección 143 (1).
  2. Un aviso de reembolso donde el cálculo del AO muestra un impuesto excesivo pagado por usted.
  3. Un aviso de demanda donde el análisis del AO muestra un déficit en su pago de impuestos. El aviso le pedirá que pague el impuesto adeudado dentro de los 30 días.

El límite de tiempo para la notificación a ser entregada es de hasta 1 año después de la finalización del año de evaluación correspondiente. El aviso se envía después del vencimiento de un año desde el final del año financiero en el que se presenta la declaración.

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