La Sec. 143 (1) (a) es la orden de Intimación del Departamento del Impuesto sobre la Renta en contra de la Declaración presentada por el asesor para cualquier Año de Evaluación. De acuerdo con la Sec, un asesor recibe dicha Intimación en las siguientes 3 situaciones:
- Cuando un asesor haya pagado un impuesto adicional, la notificación deberá mencionar el monto del reembolso. Sin embargo, en caso de que el monto del reembolso sea superior a 100 rupias, solo se iniciará el reembolso. En caso de que la cantidad sea inferior a Rs. 100, entonces no se pagará ningún reembolso.
- El aviso también se genera cuando el evaluado ha pagado el impuesto en corto. Aquí también se mencionaría el monto del impuesto a pagar junto con una copia de challan.
- Cuando los ingresos e impuestos calculados por el asesor están alineados con los del asesor fiscal. En este caso no se envía información específica, solo ITR-V (Reconocimiento) se trata como un aviso de información.