Al analizar su pregunta, parece que estuvo involucrado en la prestación de servicios de punción gratuita en la India, así como fuera de la India.
Como participa en la exportación de servicios, deberá cumplir con ciertos requisitos de DGFT (Director General de Comercio Exterior).
A partir de entonces, viene el impuesto de servicio. Como sus servicios totales excedieron los 10 lagos anuales, usted estará sujeto al impuesto de servicio, cuya tasa actual es del 15%. Según su perfil, parece que una parte de sus servicios puede estar exenta del impuesto de servicio, mientras que una parte puede estar sujeta a impuestos. Es mejor consultar a una AC para estudiar su perfil y asesorarlo al respecto.
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A partir de entonces, su ingreso total sería imponible al impuesto sobre la renta. Hay muchas opciones de ahorro de impuestos disponibles y, en el mejor de los casos, me imagino que su obligación tributaria sería inferior a 40 K. Sin embargo, una asesoría individual con un CA sería la mejor respuesta a su consulta.
Saludos,
CALIFORNIA. Dhruv Gaglani.