La Junta Central de Impuestos Directos (CBDT) emitió la circular No. 6/2016 el 29.2.2016 estableciendo ciertas pautas a seguir por los funcionarios de impuestos sobre la renta al decidir si las ganancias / pérdidas por la venta de acciones / valores cotizados se tratarían como ganancias de capital o ingresos comerciales: –
- Permite a los contribuyentes decidir si sus ganancias / pérdidas por la venta de acciones / valores cotizados deben tratarse como ingresos comerciales o como ganancias de capital a efectos fiscales.
- A los contribuyentes se les ha dado la opción de decidir la forma en que desean tratar los ingresos derivados de dicha transferencia
- The Assessing no puede cuestionar la clasificación de los ingresos por parte del asesor.
- Está restringido solo a acciones y valores cotizados y la caracterización del excedente de acciones y valores no cotizados continuará decidiéndose como antes.
Ahora, según las pautas anteriores, es su discreción lo que quiere que se graven.
Sin embargo, es beneficioso gravarlos como ganancia de capital, lo que resulta en una disminución de la obligación tributaria del asesor.
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- ¿Por qué el gobierno de los EE. UU. / IRS no tributa a las empresas sobre el ingreso global de manera similar a cómo grava a los ciudadanos estadounidenses a nivel mundial (incluida la exclusión de ingresos ganados en el extranjero y el crédito fiscal extranjero)? ¿No significaría mayores ingresos, tasas impositivas corporativas reducidas y paraísos fiscales globales obsoletos?