La primera pregunta a responder es si usted y su cónyuge califican como extranjeros residentes. Dado que está aquí con una visa J-1 como estudiante, no cuenta los días de presencia en los EE. UU. Durante el tiempo que está presente bajo esa visa a menos que haya estado presente bajo los términos de esa visa (u otra visa de estudiante como como visa F) por cualquier parte de más de 5 años calendario. Suponiendo que esa condición se aplique a usted y que haya cumplido con los términos de su visa, es probable que no califique como extranjero residente. Esta misma consideración se aplica a su cónyuge con una visa J-2. Ver http://www.irs.gov/Individuals/I….
Como extranjero no residente, solo se le aplica un impuesto sobre su ingreso de origen en los EE. UU. Los ingresos de su cónyuge de Alemania no se gravarían como ingresos de origen de los EE. UU.
Si su cónyuge califica como extranjero residente, entonces es posible que los ingresos puedan estar sujetos a impuestos en los Estados Unidos. Según el Artículo 19, Sección 2 del tratado tributario de EE. UU. / Alemania, los beneficios pagados a un residente de EE. UU. Según la legislación de seguridad social alemana están sujetos a impuestos solo en los EE. UU. Y se tratan como si se hubieran pagado como beneficios de seguridad social de EE. UU. Dependiendo de sus otros ingresos, hasta el 85% de esos beneficios podrían estar sujetos a impuestos en los EE. UU. Ver http://www.irs.gov/pub/irs-trty/….
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