Creo que es una buena pregunta.
La pregunta que tienes que hacerte es: Allah dice que permite el comercio y prohíbe riba. La diferencia entre comercio y riba es que el comercio puede generar ganancias o pérdidas. Mientras que con riba, el propietario del capital tiene un contrato garantizado de ganancias.
Ahora, ¿puedo explicar el aumento en el saldo de mi cuenta de ahorros con el comercio en el que estaba involucrado mi dinero? ¿O es el producto de prestarle mi dinero a alguien y exigirle contractualmente que me devuelva el dinero con un aumento? Parece que en el caso del banco, la respuesta es la posterior. Independientemente de si este aumento es más o menos que la tasa de inflación.
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Por lo tanto, creo que el interés, aunque sea menor que la inflación, es riba y, por lo tanto, está prohibido en el Islam.
Tenga en cuenta que la inflación se determina al ver cuánto dinero necesita para comprar la misma canasta de bienes y servicios con el tiempo. Por lo tanto, no es un fenómeno nuevo, como algunos te harían pensar. Era algo muy real incluso cuando se usaban monedas de oro. Y, sin embargo, ni el Corán ni el profeta la paz sea con él hacen ninguna referencia al cambio en la cantidad de bienes y servicios que una moneda de oro puede comprar al hacer cumplir la prohibición de prestar con intereses.
En resumen, para estar seguro, le daría el interés a la caridad, ya que no creo que sea permisible en el Islam.